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Para el Canal de Navarra se parte
de una localización definida por los proyectos ya citados, y se cuenta con un análisis
ambiental ya realizado, como se señala en los apartados anteriores. Por ello el objetivo
en este caso es el de profundizar en el análisis de los impactos ambientales y en el
diseño de las medidas correctoras, teniendo en cuenta que la evaluación ambiental ya
realizada eligió y modificó puntualmente los trazados, con el fin de evitar impactos
significativos. En el caso de que como resultado del análisis actual aparezcan impactos
significativos no corregibles, se propondrán alternativas de trazado que los eviten. El
Estudio establecerá un programa de vigilancia ambiental que garantice el cumplimiento de
las medidas correctoras y que permita el seguimiento de su eficacia, con el fin de poder
tomar las medidas necesarias si los resultados se alejan de las previsiones.
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En cuanto a la transformación en regadío,
el objetivo es conocer los impactos ambientales significativos que puedan producirse en la
zona y como consecuencia de ello determinar las medidas correctoras que los anulen y si no
cuáles son las áreas que se recomienda excluir de la transformación, y establecer las
directrices de un programa de vigilancia ambiental a concretar en las fases siguientes del
proceso de desarrollo del regadío, que se someterán a estudio de afecciones por el
Gobierno de Navarra (Ley Foral 18/94 de Reforma de las Infraestructuras Agrícolas).
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